El Editorial del número 83 de la revista de la Asociación ‘La Cultura del árbol’ está siendo muy comentada, ya que se sumerge en un tema controvertido como la deontología, animando a reflexionar a los profesionales del sector.

Os dejamos algunos fragmentos. Para leerlo entero, acceder a la revista:

DEONTOLOGÍA

Aún a riesgo de ser pesado, aburrido y pedante, he creído oportuno tocar esta temática básica para el ejercicio de cualquier actividad profesional, confiando en que nos invite a reflexionar a los profesionales del sector.

Aquí estamos, con un buen puñado de años de experiencia en la profesión y, sin embargo, intuyendo haber postergado quehaceres que deberían haber sido tenidos en cuenta, sino antes, al menos ahora, pero desde luego no retrasados hasta un presente o futuro que no acabamos de querer afrontar….

La Deontología es la aplicación de la ética al ejercicio de una profesión y en este punto nos encontramos con la ac- ción humana, que puede ser acción voluntaria (depende de la inteligencia y de la voluntad libre), acción involuntaria (actos reflejos, coaccionados o inconscientes, sin que intervengan la inteligencia y la voluntad) y acción mixta, que es la que se realiza de manera voluntaria, pero sin conocer las implicaciones futuras de dicha acción….

Conciencia proviene de cum scientia (con conocimiento) y presenta dos acepciones: Consciencia, como dimensión psicológica y Conciencia, como parte ética o moral.

De la inteligencia o consciencia deriva la libertad, de la libertad llegamos a la responsabilidad ética de la acción (deberemos responder por las acciones que hemos tomado libremente) y de ésta a la responsabilidad legal o incluso penal.

Como es lógico, cuanto mayor o más importante es la acción, mayor debe ser la conciencia y mayor la responsabilidad que asumimos….

La relación o vínculo entre lo moral o ético y lo legal reside en las leyes que rigen las relaciones en nuestra sociedad. Existe una justicia legal, de la cual se deriva el cumplimiento de la ley y existe una justicia natural, que trata de obrar conforme a una justicia universal, ya que no todas las leyes son justas. En caso de existir un conflicto entre lo legal y lo moral entraría en juego la objeción de conciencia, derecho que nos permite no cumplir leyes de cierta gravedad si éstas se revelan contrarias a nuestra conciencia.

Aterrizando estos conceptos en el ejercicio de nuestra profesión, la ISA (International Society of Arboriculture) tiene publicado un código deontológico sobre la profesión del arbolista que no procede describir en su totalidad en esta editorial, pero que aplica a todos los arbolistas certificados (ETW y ETT entre ellos). Literalmente dice: “El código de ética del arbolista certificado establece normas de conducta profesional adecuadas y exigibles, y explica los requisitos de comportamiento ético mínimos para las personas que han recibido el reconocimiento de Arborista Certificado o que son candidatas al mismo”…..

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