Desde que la Asociación Española de Arboricultura se funda en 1995, uno de nuestros primeros trabajos fue el de disponer de un elemento fundamental de protección del arbolado urbano. Por este motivo surge la “Declaración del Derecho al Árbol en la Ciudad”, llamada también “CARTA DE BARCELONA“, publicada en el congreso fundacional de Barcelona en junio de 1995.

Si bien no tiene carácter normativo, supone una declaración de voluntades del Municipio que se adscribe o adhiere, y conforme a ésta debería velar por su patrimonio arbóreo. Esta Carta es nuestra marca distintiva y en la misma se reconoce que “La Ciudad necesita el Árbol como un elemento esencial para garantizar la vida”.

En consecuencia, defendemos la integridad del arbolado, y más si se trata de ejemplares maduros por todo lo que representan y los beneficios que aportan. “El Árbol contribuye al enraizamiento de la cultura en el lugar y en la mejora de las condiciones de habitabilidad en el medio urbano, factores ambos, determinantes de la Calidad de Vida en la ciudad”. Además de esta declaración general, la carta recoge una serie de principios básicos, entre los que podríamos destacar:

“El desarrollo del árbol urbano debe darse en toda su plenitud, aprovechando cuanto nos ofrece y en toda su potencialidad, si dispone del espacio y las condiciones que requiere. El sistema de Arbolado de nuestras ciudades es un sistema básico y como tal, debe ser valorado, planificado y gestionado.

Nos comprometemos como ciudadanos y profesionales a:

  • Situar al Árbol como uno de los primeros Recursos Patrimoniales de la Ciudad.Difundir, informar y formar al público en general, a los diversos colectivos profesionales, a los sectores industriales y de servicios, a las escuelas, a los institutos y universidades, sobre la importancia esencial del Árbol en la Vida de la Ciudad.”
  • Atendiendo a su espíritu, en un momento clave como en el que nos encontramos, las administraciones deben poner el acento en proteger el árbol de toda situación que impida su desarrollo y solicitar, por tanto, que se evalúen correctamente las opciones que salvaguarden su integridad antes de podar o eliminar arbolado maduro, considerando estos ejemplares como un condicionante de las actuaciones y actividades que se proyecten y realicen en su entorno.
  • Como principio esencial del Derecho al árbol en la ciudad, debemos asegurar la continuidad de los árboles maduros que generan multitud de beneficios, Entendemos que deben ser un condicionante prioritario ante cualquier actuación, y ser considerados como preexistencias fundamentales a respetar, incorporándolos en los nuevos proyectos urbanísticos, así como en las reformas de viales, plazas y zonas verdes en la ciudad consolidada. La pérdida de estos árboles no es sustituible por ejemplares jóvenes ya que desaparecen los beneficios que aportan, tanto para la salud como todos aquellos sociales y culturales de arraigo de los ciudadanos al lugar.

La poda o tala de ejemplares de árboles maduros no puede ser la política de ningún ayuntamiento, y menos de un municipio que en su momento firmara la “Declaración del Derecho al Árbol en la Ciudad”.

Madrid, 31 de julio de 2023

Junta Directiva de la Asociación Española de Arboricultura

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Este es el enlace a la CARTA DE BARCELONA completa:

Carta de Barcelona